Ahorradores afectados por las malas prácticas bancarias

Engañados por Banif, Santander,Citibank, Bankinter, Barclays, Deutsche Bank...

Hemos pensado que tal vez fuese interesante habilitar una discusión destinada exclusivamente a colgar las novedades acerca de los procedimientos judiciales y a resolver todas las dudas y cuestiones existentes al respecto. Iremos colgando aquí los autos y novedades principales y respondiendo a las cuestiones que deseis que aclaremos.

Saludos

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ACCIONES JUDICIALES INICIADAS POR ADICAE

En este momento se han presentado Diligencias Preliminares para la interposición de demandas colectivas contra las siguientes entidades por TODOS los productos vinculados a Lehman comercializados por ellas:

Banif - BBVA - Bankinter - Bankpyme - Banco Espiritu Santo - Banco Sabadell - Banco Urquijo - Citibank - Caixa Terrassa - Inversis - Fibanc - Credit Suisse - Caixa Popular - Deutsche Bank - Ibercaja - Barclays - Renta 4

Las Diligencias Preliminares son un trámite previo obligatorio para la interposición de demandas colectivas por parte de Asociaciones de Consumidores representativas, como ADICAE, y existen para garantizar que todo afectado por los hechos denunciados en la demanda saben de la existencia de acciones judiciales y que tengan la oportunidad de sumarse si así lo estiman.

En todo caso desde el pasado 23 de diciembre todo afectado que lo desee puede sumarse a las acciones judiciales iniciadas por ADICAE. En los documentos adjuntos se informa de los pasos a seguir al respecto, así como de los costes correspondientes.
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Si el producto fue firmado por 2 personas (en mi caso además de por mi, por mi mujer), ¿debería ella dar poder notarial a los abogados y procuradores? , cómo se debe actuar en estos casos? gracias.

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1ª DUDA:
Los afectados que hayamos presentado la reclamación al SAC del Banco, si todavía no han pasado los dos meses de plazo para que conteste el Banco, ¿no deberíamos esperar a que conteste, antes de demandarlo judicialmente?

2ª DUDA:
Al poner la demanda judicial, ¿Ya no se va a denunciar al Banco ante la CNMV o Banco de España?

3º DUDA:
¿Por qué se pagan, aparte de 30 € de cuota que es normal, otra cuota de 60 € si hay acciones judiciales más 1,20 % de honorarios judiciales?

4ª DUDA:
Una vez pagado el 1,20% a ADICAE, si se arregla el tema con el Banco antes de poner la demanda judicial, o nada más ponerla sin hacer nada ADICAE ¿los afectados perderían esa cantidad?. (Tengase en cuenta que al no haber sentencia no habrá imposición de costas al Banco).

5ª DUDA:
El 4 % pagado a ADICAE en caso de éxito, ¿Lo recuperarían los afectados junto con el 1,20 % si la sentencia impusiera las costas al Banco?

Muchas gracias, si contestan.

ADICAE dice:
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CONTRATOS CON DOS O MAS TITULARES: Basta con que el poder lo firme uno de los titulares, aunque especialmente en los casos en que no se trata de un matrimonio es más seguro que firmen el mismo poder los dos juntos. De cara a la demanda, basta con que la hoja de encargo la firme uno de los dos (en consecuencia el pago es por una persona)

Armando dice:
Si el producto fue firmado por 2 personas (en mi caso además de por mi, por mi mujer), ¿debería ella dar poder notarial a los abogados y procuradores? , cómo se debe actuar en estos casos? gracias.

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PREGUNTAS VARIAS MANUEL:

1ª DUDA: Los afectados que hayamos presentado la reclamación al SAC del Banco, si todavía no han pasado los dos meses de plazo para que conteste el Banco, ¿no deberíamos esperar a que conteste, antes de demandarlo judicialmente? RESPUESTA: no tiene sentido esperar, habida cuenta de que si los bancos hubiesen querido resolverlo habrían ya realizado propuestas por escrito. Por otra parte, una vez iniciada la vía judicial existen unos plazos que se determinarán para adherirse a las demandas. Por último, nada obsta a que una vez interpuestas las demandas los bancos realicen una propuesta de solución

2ª DUDA:Al poner la demanda judicial, ¿Ya no se va a denunciar al Banco ante la CNMV o Banco de España? RESPUESTA: Las reclamaciones ante CNMV o Banco de España no tienen prácticamente ninguna utilidad, puesto que no tienen carácter vinculante (es decir, el banco no tiene obligación alguna de acatarla). De hecho, como se puede comprobar en las memorias del Servicio de Reclamaciones del Banco de España, es más que importante el porcentaje de resoluciones que cada año no son cumplidas por las entidades. Por otra parte, una vez iniciada la vía judicial se paralizan todos los procedimientos administrativos que pudiese haber en marcha. Y por último no podemos olvidar que ni el Banco de España ni la CNMV han manifestado una posición favorable a los afectados, por lo que sería de esperar resoluciones ambiguas, que no nos dieran la razón y que nos emplazaran a la vía judicial (como ha solido suceder en este tipo de problemas)

3º DUDA:¿Por qué se pagan, aparte de 30 € de cuota que es normal, otra cuota de 60 € si hay acciones judiciales más 1,20 % de honorarios judiciales? RESPUESTA: Se pagan 30 euros de cuota anual de socio de ADICAE, más 60 euros como cuota única para todas las actuaciones extrajudiciales que se están desarrollando (concentraciones, escritos a todas las entidades judiciales y negociación con ellas si lo aceptan, organización y coordinación de actuaciones extrajudiciales, reuniones con la CNMV, contactos con grupos parlamentarios y en definitiva y en resumen, medidas de presión a diferentes niveles) y la gestión administrativa del colectivo. Aparte, y para el pago de abogados y procuradores, se establece el pago del 1,20%, ya destinado en exclusiva a las acciones judiciales.

4ª DUDA: Una vez pagado el 1,20% a ADICAE, si se arregla el tema con el Banco antes de poner la demanda judicial, o nada más ponerla sin hacer nada ADICAE ¿los afectados perderían esa cantidad?. (Tengase en cuenta que al no haber sentencia no habrá imposición de costas al Banco). RESPUESTA: Si en algún caso no se interpusiese la demanda judicial se reembolsaría la cantidad al afectado, cantidad que en todo caso los afectados no pagan a ADICAE, sino al equipo jurídico que interpone las demandas. Si ya se ha interpuesto y, pongamos, 4 meses después la entidad acepta negociar con el grupo, no se contemplaría reembolso alguno, puesto que de hecho es lógico que si tras interponerse una demanda una entidad quiere negociar es claro que es para evitar las consecuencias de la demanda.

5ª DUDA:El 4 % pagado a ADICAE en caso de éxito, ¿Lo recuperarían los afectados junto con el 1,20 % si la sentencia impusiera las costas al Banco? RESPUESTA: 1) El 4% no se pagaría a ADICAE, sino al equipo jurídico (abogados y procuradores), igual que el 1,20% inicial. 2) Si la sentencia impone las costas al banco, cada afectado resulta con un saldo "cero" por las actuaciones, es decir, no se habrá gastado nada. Dicho de otra forma, a cada afectado se le devolverá todo lo que hubiese pagado para actuaciones judiciales, bien el 1,20%, bien el 1,20% y el 4% sobre lo recuperado si ya lo hubiese llegado a pagar.

Si algo no queda claro no dudes en pedir aclaración

Saludos

manuel dice:
1ª DUDA:
Los afectados que hayamos presentado la reclamación al SAC del Banco, si todavía no han pasado los dos meses de plazo para que conteste el Banco, ¿no deberíamos esperar a que conteste, antes de demandarlo judicialmente?

2ª DUDA:
Al poner la demanda judicial, ¿Ya no se va a denunciar al Banco ante la CNMV o Banco de España?

3º DUDA:
¿Por qué se pagan, aparte de 30 € de cuota que es normal, otra cuota de 60 € si hay acciones judiciales más 1,20 % de honorarios judiciales?

4ª DUDA:
Una vez pagado el 1,20% a ADICAE, si se arregla el tema con el Banco antes de poner la demanda judicial, o nada más ponerla sin hacer nada ADICAE ¿los afectados perderían esa cantidad?. (Tengase en cuenta que al no haber sentencia no habrá imposición de costas al Banco).

5ª DUDA:
El 4 % pagado a ADICAE en caso de éxito, ¿Lo recuperarían los afectados junto con el 1,20 % si la sentencia impusiera las costas al Banco?

Muchas gracias, si contestan.

ADICAE dice:
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- Duda: ¿Se han producido últimamente (dos semanas) negociaciones con los bancos?
- Duda: En caso de respuesta afirmativa a lo anterior, ¿se puede saber con cuáles?
- Duda: En caso de respuesta afirmativa a lo anterior, ¿están cerradas?
- Duda: En caso de respuesta afirmativa a lo anterior, ¿porqué?

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NEGOCIACIONES CON BANCOS

- Duda: ¿Se han producido últimamente (dos semanas) negociaciones con los bancos?
Ninguna, si bien hace 15 días se remitieron nuevamente una serie de cartas a todas las entidades planteando la necesidad y disposición a una solución negociada y la intención de interponer de forma inmediata acciones judiciales (como finalmente se ha hecho) ante su postura cerrada a discutir una solución razonable para los afectados que evitase a los mismos la lentitud de procesos judiciales.

- Duda: En caso de respuesta afirmativa a lo anterior, ¿se puede saber con cuáles?
Como te indicamos en la pregunta anterior, con todos y con ninguno. Ninguna negociación se ha producido en los últimos quince días, pero a todos los bancos implicados se lo hemos planteado. La única conversación mantenida, hace ya más de un mes, fue con Banif, aunque no negociación, pues en ningún momento el Consejero de Banif, Sr. Maceda, tuvo el menor interés en discutir seriamente la situación ni discutir posibilidades de solución satisfactorias para los afectados, sino que se limitó a decirnos que habría una propuesta (de la que no nos informó en detalle y que resultó luego ser la propuesta que hemos denunciado además en nuestra demanda).

- Duda: En caso de respuesta afirmativa a lo anterior, ¿están cerradas?
- Duda: En caso de respuesta afirmativa a lo anterior, ¿porqué
En consecuencia de lo expuesto, no hay ninguna negociación, ni abierta ni cerrada, por el momento

Saludos

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Al ser Adicae una asociacion de representación colectiva, si uno de los afectados se quedara sólo por no estar de acuerdo con lo ofrecido por el banco o por la sentencia dictada por el juez de 1ª instancia, ¿Uds seguirían representando a ese afectado que no queda conforme, en segundas instancias?, o tendría que aceptar la resolución de la mayoría.
Saludos

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En las demandas de ADICAE se conjuga la defensa colectiva con la individual de cada afectado que se suma. De esta forma, si la sentencia satisfaciera a la mayoría pero una persona quisiera seguir pleiteando, el abogado director del procedimiento le expondría los pros y contras y sobre esa base, si el afectado quisiera continuar y hubiese viabilidad para recurrir, se podría plantear el recurso por ese afectado concreto. Como es lógico, no se puede imponer a ningún afectado la renuncia a continuar con las actuaciones de defensa de sus intereses.

Pedro dice:
Al ser Adicae una asociacion de representación colectiva, si uno de los afectados se quedara sólo por no estar de acuerdo con lo ofrecido por el banco o por la sentencia dictada por el juez de 1ª instancia, ¿Uds seguirían representando a ese afectado que no queda conforme, en segundas instancias?, o tendría que aceptar la resolución de la mayoría.
Saludos

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1º)Las demandas serán a cada entidad y agrupadas por producto? Yo puedo tener en producto igual al de muchos otros afectados pero el contarato que me han hecho a mí tiene muchos defectos de forma. Mi temor es que al ir en una demanda colectiva, mi mayor baza que es ese defecto del contrato, quede diluida en la estrategia de la defensa del grupo...
2º) Cual es el motivo de la dispersión geográfica de las demandas? Al parecer hay un riesgo importante de sentencias contradictorias que dificulte la jurisprudencia...
3º) En qué juzgado se han presentado las preliminares/se presentará la demanda a Bankinter?

Muchas gracias al equipo de ADICAE por el esfuerzo y las facilidades que ahora nos están dando para resolver nuestras dudas.

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1º)Las demandas serán a cada entidad y agrupadas por producto? Yo puedo tener en producto igual al de muchos otros afectados pero el contarato que me han hecho a mí tiene muchos defectos de forma. Mi temor es que al ir en una demanda colectiva, mi mayor baza que es ese defecto del contrato, quede diluida en la estrategia de la defensa del grupo..
RESPUESTA: Las demandas serán a cada entidad por todos los productos que hubiese comercializado vinculados a activos de Lehman. Aunque la demanda sea colectiva, no hay dilución posible de bazas individuales, que en todo caso cooperan al grupo. Pero si por ejemplo tu caso fuese muy diferente al conjunto, y beneficioso para tu caso concreto, al ser la demanda colectiva pero con individualización de los afectados se atendería a tus circunstancias (tu contrato, otros aspectos, etc...)

2º) Cual es el motivo de la dispersión geográfica de las demandas? Al parecer hay un riesgo importante de sentencias contradictorias que dificulte la jurisprudencia...
RESPUESTA: El motivo es que hay entidades en las que sólo se han agrupado con ADICAE afectados de una localidad, por lo que presentamos la demanda en esa localidad. No obstante, eso no genera más riesgo de sentencias contradictorias que el que existiría si presentáramos las diferentes demandas en una misma localidad; estaríamos en la misma situación.

En qué juzgado se han presentado las preliminares/se presentará la demanda a Bankinter?
RESPUESTA: Las diligencias preliminares contra Bankinter se presentaron en Valladolid

Saludos

Javier Atanes dice:
1º)Las demandas serán a cada entidad y agrupadas por producto? Yo puedo tener en producto igual al de muchos otros afectados pero el contarato que me han hecho a mí tiene muchos defectos de forma. Mi temor es que al ir en una demanda colectiva, mi mayor baza que es ese defecto del contrato, quede diluida en la estrategia de la defensa del grupo...
2º) Cual es el motivo de la dispersión geográfica de las demandas? Al parecer hay un riesgo importante de sentencias contradictorias que dificulte la jurisprudencia...
3º) En qué juzgado se han presentado las preliminares/se presentará la demanda a Bankinter?

Muchas gracias al equipo de ADICAE por el esfuerzo y las facilidades que ahora nos están dando para resolver nuestras dudas.

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